CONDICIONES GENERALES DEL ALQUILER


PERSONAS AUTORIZADAS A CONDUCIR EL VEHÍCULO.

El arrendatario (conductor) tiene más de veinticinco años de edad a la firma del presente contrato, se encuentra en posesión del Carné de conducir (Bl) vigente con más de dos años de antigüedad, incorporando en este acto fotocopia de su Documento Nacional de Identidad y de su carnet de conducir.

El vehículo será conducido única y exclusivamente por el arrendatario, que podrá designar en este mismo acto a el/los conductores que, cumpliendo sus mismos requisitos de edad y carnet, podrán sustituirle en la conducción, asimismo, se responsabiliza que sólo puedan conducir aquellos que han sido declarados conductores en el presente documento.

ENTREGA DEL VEHÍCULO

La recogida del vehículo se efectúará entre las 8:00 y 12:00, acordando las Partes el día y lugar de la puesta a disposición

En caso de imposibilidad de llevarse a cabo el alquiler en la fecha convenida por causa de fuerza mayor, avería del vehículo previsto, accidente, o fortuita sobrevenida al arrendador, este se compromete a comunicarlo con inmediatez al arrendatario, procurando, en función de su disponibilidad, ofrecer alternativas similares o equivalentes a las arrendadas.
El Propietario hace entrega del Vehículo al Arrendatario en perfecto estado de funcionamiento, con todos los permisos y autorizaciones técnicas y administrativas exigidos por la legislación y con todas las garantías mecánicas y de seguridad, con buen estado interior, exterior y de limpieza, con todos sus neumáticos sin pinchazos, con la documentación (permiso de circulación del Vehículo, último recibo del pago del seguro del Vehículo, recibo de la ITV en su caso, datos de contacto de la aseguradora del Vehículo contratada por el Propietario: empresa aseguradora, teléfono de emergencias de la empresa aseguradora, número de póliza, herramientas y elementos de seguridad exigidos por las normas de circulación vigentes y demás útiles recogidos en la "Ficha de Estado del Vehículo", siendo recibido todo ello por el Arrendatario, quien , una vez revisado el mismo, expresamente declara conocer el estado en que recibe el vehículo junto con el conjunto de elementos y demás complementos que lo acompañan.

DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO.

La devolución del vehículo se efectúará entre las 17:00 y 20:00, acordando las Partes el día y lugar de la puesta a disposición del vehículo por el Arrendatario al Propietario; no obstante lo anterior, las partes acuerdan expresamente que puede tener lugar la entrega anticipada del vehículo siempre y cuando el Arrendatario lo ponga en conocimiento del Propietario con un preaviso de 2 (dos) días a contar hasta la fecha en que vaya a tener lugar la entrega anticipada del mismo

Independientemente de que tenga lugar la entrega anticipada del vehículo, el precio completo de la cesión por el periodo inicialmente acordado por las Partes seguirá siendo exigible al Arrendatario.

La hora máxima de devolución son las _____horas; una vez pasada esta hora, por cada hora de retraso se cobrará penalización de cincuenta euros (50,00 €)

La falta de devolución del Vehículo por el Arrendatario al Propietario una vez transcurridas 3 horas desde la hora acordada, dará lugar a la pérdida por el Arrendatario de la totalidad del importe pagado en concepto de fianza referido en la Estipulación SEXTA, que hará suya el Propietario en concepto de indemnización

El Arrendatario antes de retirar el vehículo declara haber realizado una inspección visual del mismo, confirmando que el mismo se encuentra en perfecto estado de uso y firmando el documento de entrega de vehículo en el que se hace descripción de su estado, así como de las instrucciones generales de uso, condiciones del seguro, relación de equipamiento, accesorios, menaje y funcionamiento de los elementos que lo componen.

USO DEL VEHÍCULO.

El Arrendatario se compromete a utilizar y conducir el Vehículo de acuerdo con las normas básicas de conducción y circulación, y se responsabilizará personalmente de los daños que por su culpa o negligencia haya sufrido el vehículo y sus elementos accesorios en todo aquello que no se encuentre expresamente cubierto por la póliza de seguro suscrita por el Propietario.

El Arrendatario destinará el Vehículo exclusivamente al transporte de personas a fin de satisfacer sus necesidades de desplazamiento privadas, sin ánimo de lucro y dentro de la capacidad normal del mismo. Quedan expresamente prohibidos el transporte de mercancías peligrosas y el uso por motivos profesionales del Vehículo.

El Arrendatario o el conductor autorizado deberá conducir el Vehículo personalmente y no podrá subarrendarlo, cederlo o disponer de él en alguna forma.

FIANZA.

El Arrendatario abona al Propietario una fianza de 800,00.-€ en concepto de garantía por los desperfectos o gastos adicionales que pudieran originarse durante el período de cesión de uso del Vehículo y que no estuvieran cubiertos por la póliza de seguro.

La fianza se devolverá como máximo 48 horas tras la devolución del vehículo, a no ser que se hayan ocasionado daños y se hará la devolución una vez se tenga el presupuesto de la reparación.

GASTOS ADICIONALES.

Las Partes acuerdan que el Arrendatario deberá abonar los siguientes gastos adicionales que puedan devengarse con motivo de la cesión del uso del Vehículo:

 Cualquier tipo de multa y/o sanción por infracción de las normas de circulación.
 En caso de pérdida de las llaves o documentación del vehículo, la penalización será de 400,00.-€.
 Fumar dentro del vehículo tiene penalización de 500,00.-€

En el supuesto de que el Propietario tuviera que hacer frente a alguno de los importes reseñados en el apartado anterior cuyo pago corresponde al Arrendatario, el Arrendatario acepta expresamente que se le pueda cargar dicho importe en su tarjeta de crédito incluso después de finalizado el Contrato y devuelto el Vehículo.

REPARACIONES DEL VEHÍCULO.

El Arrendatario no está autorizado a ordenar la reparación del Vehículo, salvo autorización expresa y por escrito expedida por parte del Propietario. En este caso el Arrendatario deberá presentar al Propietario factura detallada de la reparación del Vehículo efectuada.

En caso de observar en el cuadro de mandos del vehículo la activación de algún testigo óptico o acústico, que indique avería, se detendrá el vehículo inmediatamente en lugar seguro, debiendo contactar con el arrendador o con la compañía de Asistencia concertada por el arrendador. A los efectos de la prestación de los servicios de asistencia en carretera, el arrendatario, a estos efectos, deberá contactar con la aseguradora en el número de teléfono que consta en la documentación entregada, identificando la matrícula del vehículo arrendado.

El vehículo se entrega con los neumáticos en perfecto estado. En caso de pinchazo o de rotura de algún neumático durante el periodo de alquiler, el arrendatario se hará cargo de dicho coste, sin posibilidad alguna de reclamar el reembolso de dicho pago al arrendador.

NIVEL DE COMBUSTIBLE.

El Vehículo se entrega con el depósito de combustible lleno y deberá ser entregado a su regreso de la misma forma. En caso contrario se facturará al arrendatario 120,00.-€.

LIMPIEZA.

El Arrendatario se compromete a dejar el vehículo limpio tal y como le ha sido entregado. En caso que el vehículo no se devolviera limpio por el Arrendatario, se cobrará un suplemento de 120,00.-€.

PRECIO.

El importe total del alquiler contratado es el que consta en el documento de reserva

RESERVA.

Se abonará el 30% del total del alquiler (PRECIO) al formalizar la reserva

El 70% restante deberá ser abonado 5 dias antes de efectuar la entrega del vehículo, acreditándolo mediante justificante bancario

entregaeee CONDICIONES DE USO.

El arrendatario se obliga a cuidar los bienes arrendados (vehículo y accesorios), y conducirlo con la mayor diligencia y cuidado, responsabilizándose y respondiendo de cualquier deterioro derivado de una conducción temeraria o defectuosa.

El arrendatario indemnizara al arrendador de cualquier desperfecto en los bienes arrendados con independencia de la causa que origine los desperfectos.

El arrendatario se compromete a comprobar regularmente los niveles de aceite, líquido refrigerante del motor y demás que correspondan al vehículo, respondiendo a su costa, del correcto mantenimiento del vehículo mientras lo tenga en su posesión.

El arrendatario utilizará el vehículo arrendado única y exclusivamente para el uso turístico al que está destinado y al objeto de desplazarse y pernoctar en territorio nacional y extranjero, salvo las limitaciones que más adelante se definirán.

Expresamente queda prohibido:

a) Transportar más personas que las autorizadas en el contrato y que en todo caso serán las que como máximo refleja la ficha técnica del vehículo.
b) Transportar mascotas
c) Fumar y consumir cualquier tipo de substancias estupefacientes contrarias al ordenamiento jurídico


PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE.

El Arrendatario se compromete a informar, inmediatamente, de cualquier siniestro al Propietario y transmitirle inmediatamente cuantas cartas, citaciones o notificaciones que a dicho siniestro se refiera y a prestar completa colaboración a la arrendadora y a la Compañía Aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación y proceso. En el momento del siniestro o accidente, el Arrendatario adoptará las siguientes medidas:

 No reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del siniestro, salvo la Declaración Amistosa de Accidentes.
 Obtendrá la filiación completa y direcciones de las personas implicadas en el accidente, así como la filiación y dirección de los posibles testigos. Anotará los detalles del accidente. Se completará el impreso de parte amistoso debidamente cumplimentado y firmado que será entregado al Arrendador como muy tarde a la entrega del vehículo.
 Informará puntualmente por teléfono al Arrendador y le remitirá posteriormente, dentro de un plazo de 24 horas, vía fax, correo electrónico o cualquier otro sistema de mensajería, toda la información y documentación necesaria a los efectos de formalizar el correspondiente parte de accidente.
 No abandonará el vehículo sin tomar las adecuadas medidas de protección y custodia a los fines de evitar males mayores. Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la aseguradora.
 En caso de robo, hurto o incendio del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas de producirse los hechos.
 Avisará inmediatamente a la autoridad policial si la culpabilidad de otra persona implicada en el accidente debe ser investigada o si hay personas heridas.

En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario los daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.

Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del arrendatario por defectos de la autocaravana no imputables a arrendador.